<p>NORMA HABILITANTE EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. CUANDO CONFIERE PAUTAS PARA AMPLIAS ELECCIONES DEL OPERADOR, LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO LEX CERTA EXIGE LA MÁS COMPLETA, ADECUADA Y PRECISA MOTIVACIÓN.</p>
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Resumen
<p>Tratándose del derecho administrativo sancionador, en especial por lo que concierne a los aspectos de taxatividad, resulta aplicable el principio de lex certa, atento al cual, tanto las sanciones como la metodología para aplicarlas deben preverse con un grado de precisión que prive al operador jurídico (autoridad) de cualquier veleidad creativa, analógica o simplemente desviadora de la letra de la ley. Así, cuando la norma habilitante en el derecho administrativo sancionador confiere pautas para amplias elecciones del operador, lo cual involucra diversos grados de discrecionalidad, la aplicación del principio aludido exige la más completa, adecuada y precisa motivación, como mecanismo de rendición de cuentas y antídoto de algún grado de eventual arbitrariedad. Otra posibilidad implícita, es la facultad para emitir reglas, principios, guías o protocolos que, a manera de autorregulación, son pautas de motivación genérica para controlar y encausar el amplio margen de elección, con el fin de acotar márgenes de arbitrio que pudieran trascender en incertidumbre y contrariar el mandato de tipificación. Es decir, opera la regla: a menor regulación se confiere mayor discrecionalidad, que debe acompañarse de mayor motivación, así como de responsabilidad, y viceversa.</p><br><p>CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 6 de abril de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Jesús Antonio Nazar Sevilla
- Epoca
- Décima Época