<p>NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO DE INICIO DEL JUICIO LABORAL. FORMA EN LA QUE DEBE REALIZARSE CUANDO NO SE ENCUENTRE EN EL DOMICILIO LA PERSONA BUSCADA.</p>
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Resumen
<p>Del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|5778-" >743, fracciones I, II y III, de la Ley Federal del Trabajo</a>, se obtiene que para la primera notificación personal, el actuario se cerciorará de que la persona que deba ser notificada habita, trabaja o tiene su domicilio en la casa o local, señalado en autos para hacer la notificación, y si no está presente el interesado o su representante, le dejará citatorio para que lo espere al día siguiente, a una hora determinada. Ahora bien, de la interpretación de dicho numeral -tanto literal como sistemática respecto de las demás fracciones- se advierte que el citatorio debe dejarse a alguna persona mayor de edad que se encuentre en el propio domicilio y no a alguien ajeno a éste. Bajo ese contexto, si el actuario se constituye en el domicilio respectivo, pero el local o casa se encuentra cerrado, aquél no podrá dejar el citatorio a que alude el referido artículo 743, fracción III, con persona ajena a dicho domicilio (por ejemplo, con el vigilante del área general si se trata de un edificio de varios pisos y diversos despachos), sino que deberá practicar la diligencia en otro momento, hasta encontrar a alguien, mayor de edad, en dicho domicilio para efecto de ubicar a la persona buscada, a la cual, en caso de no encontrar al directamente interesado, sí podrá dejarle el citatorio, sin que sea óbice el hecho de que el actuario se haya cerciorado del domicilio, a través del dicho de una persona ajena al lugar en que se constituye, que ostente saber quiénes habitan el domicilio buscado, pese a estar cerrado, pues el aludido numeral no prevé la posibilidad de dejar el citatorio con tal clase de personas, para realizar la primera notificación personal.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 8 de enero de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Adrián Avendaño Constantino
- Epoca
- Décima Época