Tesis Aisladas

<p>NOTIFICACIONES POR BOLETÍN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. EN ÉL DEBE PRECISARSE CUÁNTOS AUTOS O RESOLUCIONES SE DICTARON EN UN EXPEDIENTE EL MISMO DÍA, ATENTO A LOS PRINCIPIOS PRO PERSONA Y PRO HOMINE.</p>

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Resumen

<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="642|95|983-" >126 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal</a> y a la circular 59/2008 emitida en cumplimiento al Acuerdo General 5-44/2008 del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, las listas publicadas en el Boletín Judicial deben contener los nombres y apellidos de las partes y el número de expediente o toca relativo; sin embargo, no se exige la obligación de precisar cuántos acuerdos se dictaron en un expediente el mismo día. No obstante, este órgano colegiado estima que debe precisarse cuántos autos o resoluciones se dictaron en un mismo expediente cuando en la misma fecha se emite más de uno, sin necesidad de repetir varias veces el mismo asunto o el nombre de las partes, pues con la precisión apuntada se otorga seguridad jurídica a las partes, quienes conocerán con exactitud cuántos acuerdos son los que emitió la autoridad jurisdiccional. Este requisito surge con base en la interpretación más favorable a la persona respecto del orden constitucional -principios pro persona y/o pro homine-, para garantizar que los gobernados estén en aptitud de seguir y controvertir todas las determinaciones de los juzgadores.</p><br><p>SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
8 de enero de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Ismael Hernández Flores
Epoca
Décima Época