<p>NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN EL JUICIO DE AMPARO. EL AUTORIZADO EN TÉRMINOS AMPLIOS CONFORME AL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE LA MATERIA CARECE DE FACULTADES PARA SOLICITAR QUE AQUÉLLAS SE REALICEN POR ESA VÍA, AL CORRESPONDER DICHA DECISIÓN DIRECTAMENTE A LAS PARTES O SUS REPRESENTANTES.</p>
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Resumen
<p>Conforme a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|48-100683|3|52-100683|3|60-" >24, 26, fracción IV y 30, fracción II, de la Ley de Amparo</a>, <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/2794" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>79 y 96 del Acuerdo General Conjunto 1/2015, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales y los procesos de oralidad penal en los Centros de Justicia Penal Federal</a>, las notificaciones en los juicios de amparo se harán electrónicamente a las partes o a sus representantes que expresamente así lo soliciten y que previamente hayan obtenido la firma electrónica, sin que se faculte para solicitar la práctica de las notificaciones por esa vía a los autorizados en términos amplios conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|24-" >12</a> de la citada ley, pues dicha figura no constituye una representación legal; además, sólo se les permite llevar a cabo actos en el juicio tendentes a lograr una adecuada defensa de los intereses del autorizante, dentro de las cuales no se encuentra la solicitud en cita, por tratarse de una cuestión personalísima de las partes o sus representantes.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 26 de mayo de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Juan Ramón Rodríguez Minaya
- Epoca
- Décima Época