<p>NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PARA SU CÓMPUTO ES HÁBIL EL 5 DE FEBRERO, SALVO QUE CORRESPONDA AL PRIMER LUNES DE ESE MES, CONFORME AL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200075|8|30-" >37 DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN</a>.</p>
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Resumen
<p>El precepto citado señala que son días hábiles todos los del año, excepto los sábados y domingos y, en lo que interesa, el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, así como aquellos en los que se suspenden las labores por acuerdo de la Sala Superior o por determinación de otras disposiciones legales. Conforme a lo anterior, para el cómputo de la notificación en el juicio contencioso administrativo, deberá observarse que el día inhábil es el primer lunes del mes de febrero, sin que sea el caso descontar el día 5 de ese mes cuando no se ubique en dicho supuesto (primer lunes) y corresponda a cualquier otro de la semana considerado como hábil.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 13 de enero de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Jesús R
- Epoca
- Décima Época