Tesis Aisladas

<p>NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN MATERIA LABORAL. LA PROCEDENCIA DEL INCIDENTE PLANTEADO POR DEFECTOS EN EL EMPLAZAMIENTO DE UNO DE LOS DEMANDADOS, NO CONLLEVA DEJAR SIN EFECTOS LA DETERMINACIÓN QUE DECLARÓ EN REBELDÍA A DIVERSO CODEMANDADO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012).</p>

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Resumen

<p>En virtud de que la Ley Federal del Trabajo no contiene disposición expresa sobre los efectos que pueden darse a la nulidad de notificaciones decretada en la vía incidental, debe atenderse a su numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|32|136-" >17</a>, que ordena tomar en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes y los principios generales que deriven de dichos ordenamientos. En ese sentido, conforme a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|32|6786-410|32|6793-410|32|6835-" >873, 874 y 879</a> de dicha ley, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, se advierte que cuando alguna de las partes, estando debidamente notificada, no concurra a la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, se le tendrá por inconforme con todo arreglo, por contestada la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas. Así, las disposiciones referidas reconocen implícitamente los principios de seguridad jurídica y de preclusión, pues se busca favorecer el avance del juicio e impedir su retroceso, sancionando la inactividad de las partes pues, una vez precluida la facultad que no hicieron valer oportunamente –como la de contestar la demanda y ofrecer pruebas–, el órgano jurisdiccional también queda vedado de hacerlo, con lo que se da fijeza al proceso. En consecuencia, conforme a la teoría de la nulidad de los actos jurídicos procesales, el incidente relativo es un medio de impugnación de aplicación restringida, lo cual quiere decir que, en principio, la nulidad de un acto viciado no debe alcanzar a los demás que guarden independencia, ni a las demás partes que no hayan sido afectadas por aquella actuación. De ese modo, en los casos en los que respecto de uno de los demandados se haya tenido por contestada la demanda e

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
31 de mayo de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Francisco Saldaña Arrambide
Epoca
Décima Época