Tesis Jurisprudenciales

<p>OFICIO DE LA AUTORIDAD MUNICIPAL POR EL QUE INFORMA A LOS JUSTICIABLES EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 5 DEL REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTOS PARA EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO. NO CONSTITUYE UN ACTO DE APLICACIÓN DE DICHO PRECEPTO, POR LO QUE EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE AL ACTUALIZARSE LA CAUSA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XXIII DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE LA MATERIA. </p>

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Resumen

<p>El oficio por el que la autoridad municipal informa a los justiciables el contenido del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201261|1|1-" >5 del Reglamento de Estacionamientos para el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero</a>, que prevé los requisitos para que los estacionamientos al público vinculados a establecimientos mercantiles construidos y destinados por los centros, plazas comerciales y tiendas de autoservicio para el uso de sus clientes, puedan realizar el cobro de una tarifa por la prestación de este servicio, no constituye un acto de aplicación de dicho precepto reglamentario al no generarles, hasta el momento en que se les comunicó, perjuicio alguno en su esfera de derechos tutelados constitucionalmente, ya que su actualización está sujeta a una serie de eventualidades que pueden dar lugar a sanciones e infracciones en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201261|1|2-" >41</a> del propio reglamento, lo que no acontece con la sola expedición y comunicación del oficio, pues en su contenido no se aprecia la imposición de corrección administrativa alguna, y menos aún el apercibimiento de imponérseles, por el contrario, sino que sólo se les informa la vigencia del texto normativo previniéndoles evitar incurrir en los supuestos de sanción. Consecuentemente, cuando se impugna el oficio de mérito a través del juicio de amparo, se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|122-" >61, fracción XXIII</a>, de la ley de la materia.</p><br><p>PLENO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
7 de septiembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Raúl Angulo Garfias
Epoca
Décima Época