Tesis Aisladas

<p>OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE MALA FE. LO ES AQUEL QUE LIMITA LA DECISIÓN DEL TRABAJADOR DE SALIR O PERMANECER DENTRO DE LA FUENTE DE TRABAJO, CUANDO SU JORNADA ES CONTINUA Y TIENE DERECHO A UN DESCANSO.</p>

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Resumen

<p>En la tesis de jurisprudencia 2a./J. 84/2007, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/172537" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>DESCANSO DE MEDIA HORA EN JORNADA CONTINUA. DEBE SER COMPUTADO DENTRO DE ÉSTA PARA QUE EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO QUE SE HAGA CON EL MÁXIMO LEGAL SEA CALIFICADO DE BUENA FE</a>.", la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la media hora de descanso que como mínimo debe concederse al trabajador durante la jornada continua, conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|486-" >63 de la Ley Federal del Trabajo</a>, forma parte de la jornada laboral, por ser una prerrogativa mínima reconocida al obrero y, por tanto, debe ser computada dentro de ella y remunerada como parte del salario ordinario, independientemente de que ese lapso se disfrute dentro o fuera del centro de trabajo, siempre que el trabajador pueda elegir permanecer o salir de él. En consecuencia, es decisión exclusiva del trabajador permanecer o salir de la fuente de trabajo para el disfrute de ese periodo de reposo; por tanto, si el patrón, al ofrecer el trabajo, limita dicha decisión al obligarlo a salir o permanecer dentro de la fuente de trabajo, aquél debe considerarse de mala fe, al restringir la decisión del trabajador de elegir el lugar en donde hará uso de su descanso.</p><br><p>CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
28 de septiembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Armando Ernesto Pérez Hurtado
Epoca
Décima Época