Tesis Aisladas

<p>OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI DESPUÉS DE REINSTALAR AL ACTOR, EL PATRÓN LO PONE A DISPOSICIÓN DE DIVERSA OFICINA PARA QUE SEA UBICADO EN OTRA, PORQUE SU PUESTO ESTÁ OCUPADO POR UNA PERSONA DISTINTA.</p>

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Resumen

<p>De acuerdo con las jurisprudencias 2a./J. 125/2002 y 4a./J. 6/91 de la Segunda y Cuarta Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respectivamente, de rubros: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/185356" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>OFRECIMIENTO DEL TRABAJO EN LOS MISMOS TÉRMINOS EN QUE SE VENÍA DESEMPEÑANDO. PARA CALIFICARLO ES INNECESARIO ATENDER A LA FALTA DE PAGO DE PRESTACIONES ACCESORIAS, PUES ELLO NO ALTERA LAS CONDICIONES FUNDAMENTALES DE LA RELACIÓN, NI IMPLICA MALA FE</a>." y "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/207910" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>OFRECIMIENTO DE TRABAJO. NO ES DE MALA FE PORQUE EL PATRÓN CONTROVIERTA LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y MANIFIESTE SÓLO QUE LO HACE ‘EN LAS MISMAS CONDICIONES’ EN QUE SE VENÍA PRESTANDO</a>.", para calificar la oferta de trabajo deben considerarse las condiciones fundamentales de la relación laboral (puesto, salario y jornada u horario) y que éstas no afecten los derechos del trabajador (establecidos en la Constitución, en la Ley Federal del Trabajo, o en el contrato individual o colectivo de trabajo), pero también debe atenderse a los antecedentes del caso, a la conducta de las partes y a todas las circunstancias que permitan concluir, de manera prudente y racional, si la oferta revela, efectivamente, la intención del patrón para que continúe la relación laboral. Por tanto, aun cuando inicialmente la oferta se realice en los mismos términos y condiciones en que se venía desempeñando la prestación del servicio, si después de reinstalar al trabajador, el patrón lo pone a disposición de diversa oficina para que, a su vez, sea ubicado en otra, porque su puesto está ocupado por una persona distinta, ello constituye una conducta procesal evasiva que revela la mala fe en el ofrecimiento del trabajo, al dejar en estado de incertidumbre jurídica a aqué

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
1 de febrero de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Óscar Palomo Carrasco
Epoca
Décima Época