Tesis Jurisprudenciales

<p>OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI EL PATRÓN NO OTORGA AL TRABAJADOR LA POSIBILIDAD DE ELEGIR ENTRE PERMANECER EN LA FUENTE DE TRABAJO O SALIR DE ELLA PARA DISFRUTAR DE LA MEDIA HORA DE DESCANSO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. </p>

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Resumen

<p>La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/172537" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 84/2007</a>, estableció que para calificar de buena o mala fe una oferta de trabajo, es necesario que la media hora de descanso que debe concederse al trabajador durante la jornada continua sea computada dentro de ésta y remunerada como parte del salario ordinario, independientemente de que ese lapso se disfrute dentro o fuera del centro de trabajo, lo que queda a elección del trabajador. Atento a ello, se advierte que éste tiene derecho a decidir si hace efectivo el periodo de descanso previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|36|486-" >63 de la Ley Federal del Trabajo</a>, dentro o fuera de las instalaciones de la fuente laboral; de ahí que si en el ofrecimiento de trabajo se le restringe esa posibilidad, debe calificarse de mala fe, lo que se robustece si se toma en cuenta que en ese lapso queda liberado de la disponibilidad que debe tener hacia el patrón, motivo por el que sería incongruente estimar que a éste le corresponde imponer forzosamente el lugar en el que se disfrutará del descanso, sobre todo porque no debe perderse de vista que ese periodo constituye un derecho del trabajador y no una prerrogativa del patrón.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
7 de diciembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
2
Sala
2
Ponente
José Fernando Franco González Salas
Epoca
Décima Época