Penal Jurisprudencia

ORDEN DE APREHENSIÓN COMO MEDIO DE CONDUCCIÓN AL PROCESO PENAL. REQUISITOS PARA SU LIBRAMIENTO PREVIO A QUE SE FORMULE IMPUTACIÓN (ARTÍCULO 141, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES).

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: El Ministerio Público solicitó audiencia inicial para formular imputación contra una persona por la probable comisión de un hecho constitutivo de delito. Se fijó fecha para la celebración de la audiencia inicial por videoconferencia, en la que la persona investigada estuvo presente vía virtual. Sin embargo, al advertir que su defensa no estaba impuesta de la totalidad de los registros de la carpeta de investigación, el Juez de Control determinó reprogramarla. Antes de la celebración de la audiencia en la nueva fecha el imputado manifestó encontrarse fuera del país e imposibilitado por cuestiones de salud para asistir. El Ministerio Público, sin mediar citatorio previo del órgano jurisdiccional, solicitó que se librara en su contra una orden de aprehensión, al no haber comparecido a la audiencia respectiva. Contra dicho mandato de captura promovió juicio de amparo indirecto. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la resolución judicial por la cual se libre una orden de aprehensión previo a que se formule imputación, con fundamento en el artículo 141, fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Penales , debe contener los requisitos siguientes. A) Formales: 1) nombre y apellidos de la persona que se pretende detener; 2) la causa penal instruida por su posible participación en la comisión de un hecho probablemente constitutivo de un delito previsto y sancionado por el ordenamiento aplicable; 3) el Juez de Control que la pronunció; y, 4) la fecha en que se expidió. B) Materiales: 1) la finalidad legítima perseguida con la adopción de la medida restrictiva de la libertad personal; 2) la idoneidad de la medida, de tal forma que se justifique que es adecuada para la investigación ministerial y, en su caso, conseguir la vinculación al proceso; 3) la necesidad de la medida, de manera que se justifique la inaplicación de otras para conducir a esa persona al proceso; y, 4) la proporcionalidad de la medid...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
1a./J. 164/2025 (11a.)
Fecha de resolucion
8 de agosto de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Primera Sala
Ponente
Juan Luis González Alcántara Carrancá
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
1a./J. 164/2025 (11a.)