<p>ESTADO CIVIL. SU CONCEPTO.</p>
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Resumen
<p>El estado civil se define, en el sentido más estricto del concepto, como la situación personal del individuo, de si se encuentra solo o en pareja y, dentro de esta última situación, si lo está de iure o de facto. Asimismo, el estado civil se relaciona estrechamente con la libertad personal, la dignidad y la libertad de pensamiento, y atiende a la decisión autónoma de entrar o no en una relación personal permanente con otra persona, respecto de la cual se crean consecuencias, dependiendo de dicho estado.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 23 de septiembre de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 6
- Sala
- 6
- Ponente
- Margarita Beatriz Luna Ramos
- Epoca
- Décima Época