<p>VIOLENCIA PSICOLÓGICA. SUS CARACTERÍSTICAS E INDICADORES.</p>
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Resumen
<p>La <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100310|7|12-" >fracción I del artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia</a> tipifica la violencia psicológica. De acuerdo con la Corte Constitucional Colombiana este tipo de violencia se trata de una realidad mucho más extensa y silenciosa, incluso, que la violencia física y puede considerarse como un antecedente de ésta; se ejerce a partir de pautas sistemáticas, sutiles y, en algunas ocasiones, imperceptibles para terceros, que amenazan la madurez psicológica de una persona y su capacidad de autogestión y desarrollo personal; los patrones culturales e históricos que promueven una idea de superioridad del hombre (machismo-cultura patriarcal), hacen que la violencia psicológica sea invisibilizada y aceptada por las mujeres como algo "normal"; los indicadores de presencia de violencia psicológica en una víctima son: humillación, culpa, ira, ansiedad, depresión, aislamiento familiar y social, baja autoestima, pérdida de la concentración, alteraciones en el sueño, disfunción sexual, limitación para la toma de decisiones, entre otros, la violencia psicológica a menudo se produce al interior del hogar o en espacios íntimos, por lo cual, en la mayoría de los casos no existen más pruebas que la declaración de la propia víctima.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 17 de mayo de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Isidro Pedro Alcántara Valdés
- Epoca
- Décima Época