Tesis Aisladas

<p>PATENTE. EL PRINCIPIO DE UNIDAD INVENTIVA, CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, NO CONSTITUYE UN MÉTODO PARA DEFINIR SI UN PARTICULAR HA INVADIDO EN PERJUICIO DEL TITULAR LOS DERECHOS QUE DERIVAN DE ESA EXCLUSIVIDAD EN UN PROCEDIMIENTO DE INFRACCIÓN.</p>

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Resumen

<p>Del análisis conjunto del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="142|17|332-" >43</a>, en relación con aquellos que integran el capítulo V de la Ley de la Propiedad Industrial, intitulado "De la tramitación de patentes", así como <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="1317|4|304-1317|4|311-" >42 y 43</a> de su reglamento, se desprende que si bien el comúnmente denominado "principio de unidad inventiva" establece los lineamientos o directrices para determinar la materia inventiva que protege una patente, lo objetivamente cierto es que no prevé los elementos que deben tomarse en cuenta para definir si un particular ha invadido en perjuicio del titular los derechos que derivan de esa exclusividad en un procedimiento de infracción. Esto es así, pues dicho principio únicamente constituye un requisito que debe cumplir el interesado durante el procedimiento administrativo para obtener una patente y su exigencia tiene como propósito que la solicitud que se dirija al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial contenga una sola invención o, en su caso, un grupo de invenciones relacionadas entre sí, conformando un único concepto inventivo, evitando de esta manera solicitudes de patente complejas. Su inobservancia trae como consecuencia que dicho organismo descentralizado tenga por abandonada la solicitud respectiva.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
18 de noviembre de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Joel Carranco Zúñiga
Epoca
Décima Época