<p>PENSIÓN ALIMENTICIA DERIVADA DEL RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD MEDIANTE SENTENCIA. SU PAGO DEBE RETROTRAERSE HASTA EL INICIO DE LOS GASTOS GENERADOS POR LA ATENCIÓN SANITARIA PRENATAL.</p>
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Resumen
<p>De lo considerado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver los amparos directos en revisión 2293/2013 y 5359/2015, se advierte que la determinación de la paternidad mediante sentencia es condición suficiente y necesaria para que el pago de la pensión alimenticia se retrotraiga hasta el momento del nacimiento del(la) niño(a), por lo que la presunción de necesidad es iuris et de jure, pues no admite prueba en contrario. Lo que se considera sujeto a corroboración es el monto de dicha pensión, el cual varía dependiendo, en un primer momento, si el progenitor confirma si conoció o no del embarazo o del nacimiento de su hijo(a) y, en un segundo momento, de la actitud procesal que éste adopte en relación con la determinación de la paternidad y los alimentos. Sin embargo, de conformidad con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100030|2|12-" >6 de la Convención sobre los Derechos del Niño</a>, las personas menores de edad tienen el derecho intrínseco a la vida y a que se garantice en la máxima medida posible su supervivencia y desarrollo. En este sentido, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100030|2|48-" >24, numeral 2, inciso d)</a>, de la convención citada, establece la obligación de los Estados Partes de asegurar el más alto nivel posible de salud a la persona menor de edad, para lo cual, dentro de otras medidas, debe asegurarse la atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres. Al respecto, el Comité de los Derechos del Niño, en la Observación General No. 7 (2005) sobre la "Realización de los derechos del niño en la primera infancia" señaló que los Estados Partes deben adoptar todas las medidas posibles para mejorar la atención perinatal para madres y lactantes. Así, en la relación madre-hijo(a) durante y después del embarazo se o
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 15 de febrero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- José Manuel De Alba De Alba
- Epoca
- Décima Época