<p>PERITOS DEL INSTITUTO JALISCIENSE DE CIENCIAS FORENSES. SI REALIZAN FUNCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA RELACIÓN QUE LOS UNE CON EL REFERIDO INSTITUTO ES DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA.</p>
7
Resumen
<p>Si bien el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses es un organismo público descentralizado y, por regla general tratándose de este tipo de organismos sus relaciones laborales se rigen por el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|1550-" >apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, lo cierto es que en el caso de los peritos que laboran para dicho instituto ejerciendo funciones relacionadas con la seguridad pública del Estado, la naturaleza de la relación que los une con dicho instituto no es laboral, sino administrativa, ya que de conformidad con la fracción XIII del apartado B de dicho numeral, los peritos miembros de los cuerpos de seguridad pública se rigen conforme a un régimen especial, el cual los excluye de la aplicación de las normas de trabajo, lo que se corrobora con la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco, vigente a partir del 20 de agosto de 2012, la cual en sus artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200976|1|18-200976|1|20-" >3o. y 27</a> establece que se consideran como elementos operativos integrantes de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia a los peritos del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses que realicen funciones relacionadas, entre otras, con la investigación del delito y apoyo a las autoridades ministeriales y judiciales en el cumplimiento de sus funciones, en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200976|1|22-" >5o.</a> de la citada ley, en tanto el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200483|2|2-" >20</a> de la ley orgánica del aludido instituto, reformado el 19 de
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 11 de septiembre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Alejandro López Bravo
- Epoca
- Décima Época