Tesis Jurisprudenciales

<p>PETRÓLEOS MEXICANOS. LA NEGATIVA A PROPORCIONAR ATENCIÓN MÉDICA AL PERSONAL QUE LABORA EN LAS ESCUELAS "ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL", NO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD NI ES EQUIPARABLE A ÉSTE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.</p>

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Resumen

<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|1550-" >123, apartado A, fracción XII, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, en relación con los diversos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|1025-" >132, fracción XII, de la Ley Federal del Trabajo</a>, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="370|53|397-" >38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="122|28|247-" >23 de la Ley General de Educación</a>, las negociaciones o empresas agrícolas, industriales, mineras o de cualquier otra clase de trabajo, situadas fuera de las poblaciones, están obligadas a establecer y sostener las escuelas "Artículo 123 Constitucional", para lo cual deben proporcionar diversas prestaciones y efectuar las aportaciones necesarias para la remuneración de los maestros que laboran en ellas, los cuales dependerán directamente de la Secretaría de Educación Pública, por lo que ésta será su patrón y tendrá un vínculo laboral con la negociación que instituye la escuela. Así, cuando Petróleos Mexicanos firma convenios o acuerdos con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación o con la Secretaría de Educación Pública, con la finalidad de que la paraestatal proporcione al personal adscrito a esas escuelas, servicio médico en sus hospitales ubicados en aquellos lugares en que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o su equivalente en las entidades federativas no cuente con instalaciones adecuadas para proporcionarlos y hasta en tanto esté en condiciones de prestárselos, esos actos derivan de la obligación r

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
22 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Ariel Alberto Rojas Caballero
Epoca
Décima Época