Laboral Tesis Aislada

PETRÓLEOS MEXICANOS. A PARTIR DEL 19 DE MARZO DE 2025 DEBE ASUMIR LA RESPONSABILIDAD DE LOS JUICIOS LABORALES DONDE FIGURABAN COMO PARTE DEMANDADA LAS ENTONCES EMPRESAS SUBSIDIARIAS DENOMINADAS PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL Y PEMEX LOGÍSTICA.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Un trabajador demandó de Petróleos Mexicanos y de Pemex Exploración y Producción el reconocimiento de un riesgo de trabajo, así como el pago de la indemnización correspondiente. En los puntos resolutivos del laudo la Junta de Conciliación y Arbitraje condenó a las dos empresas demandadas, aun cuando en sus considerandos estableció que sólo Pemex Exploración y Producción asumió la responsabilidad laboral como patrón al contestar la demanda. La apoderada de las empresas demandadas promovió amparo directo contra dicha determinación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que resulta irrelevante cualquier inconsistencia o incongruencia que pueda existir entre la parte considerativa y los puntos resolutivos del laudo, en relación con la patronal que asumió la responsabilidad laboral derivada del conflicto de trabajo, toda vez que en virtud de la extinción por ministerio de ley de Pemex Exploración y Producción, Pemex Transformación Industrial y Pemex Logística, y dada la subrogación de sus obligaciones por Petróleos Mexicanos, ningún fin práctico tendría la corrección de las inconsistencias que pudiesen existir en el sumario laboral sobre el particular, ya que a partir del 19 de marzo de 2025 Petróleos Mexicanos, como empresa pública del Estado, es quien debe asumir toda la responsabilidad de los juicios laborales donde figuraban las entonces empresas subsidiarias como parte demandada. Justificación: El 18 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expiden la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad; la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; la Ley del Sector Eléctrico; la Ley del Sector Hidrocarburos; la Ley de Planeación y Transición Energética; la Ley de Biocombustibles; la Ley de Geotermia y, la Ley de la Comisión Nacional de Energía; se reforman diversas disposiciones de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
VII.2o.T.82 L (11a.)
Fecha de resolucion
14 de noviembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Juan Carlos Moreno Correa
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
VII.2o.T.82 L (11a.)