<p>PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE INTERCONEXIÓN E INTEROPERABILIDAD, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE FEBRERO DE 2009. SU ARTÍCULO 10, AL ESTABLECER DIVERSAS OBLIGACIONES A LOS CONCESIONARIOS QUE OPERAN LA MAYOR CANTIDAD DE ACCESOS A USUARIOS FIJOS O MÓVILES EN SUS RESPECTIVAS ÁREAS DE COBERTURA, NO CONSTITUYE UNA DISPOSICIÓN JURÍDICA PRIVATIVA.</p>
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Resumen
<p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación sostiene que una ley es privativa cuando carece de los requisitos de generalidad, abstracción e impersonalidad que toda norma legal debe contener. Esto se actualiza cuando sus disposiciones sólo regulan una situación concreta en relación con una persona o personas individualmente identificadas de antemano y que desaparece después de su aplicación. También ha distinguido que no puede ser privativa una ley que se refiere a determinada clase de personas en razón de las circunstancias especiales en que se encuentran (como las relativas a trabajadores, menores, servidores públicos o contribuyentes, entre otros). Atento a lo anterior, el artículo 10 del Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad mencionado, no puede considerarse una disposición jurídica privativa, por establecer diversas obligaciones a los concesionarios que operan la mayor cantidad de accesos a usuarios fijos o móviles en sus respectivas áreas de cobertura (una clase de personas), en razón de que esa norma no está dirigida a una o varias personas identificadas individualmente o de manera nominal y, en ese sentido, está investida de los caracteres de generalidad, abstracción e impersonalidad, sin que su vigencia concluya después de aplicarse a un caso concreto, ya que pervive para regular los posteriores en que se actualicen los supuestos contenidos en ella.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 27 de mayo de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Jean Claude Tron Petit
- Epoca
- Décima Época