Tesis Jurisprudenciales

<p>PRÁCTICA MONOPÓLICA ABSOLUTA. PARA SU ACREDITAMIENTO LA AUTORIDAD PUEDE ACUDIR A PRUEBAS INDICIARIAS, LO QUE NO SE OPONE AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.</p>

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Resumen

<p>Si bien es cierto que el principio de presunción de inocencia implica que para desvirtuarla, la autoridad debe colmar un estándar probatorio alto, también lo es que en los procedimientos sancionatorios de los que conoce la Comisión Federal de Competencia ésta puede explorar y basar su resolución en presunciones contrarias contenidas en pruebas indiciarias, las que pueden considerarse suficientes para sancionar a los sujetos investigados si éstos no desvirtúan dichas pruebas al ejercer su derecho de audiencia; lo que no se opone al indicado principio y se explica porque tratándose de las prácticas monopólicas absolutas a que se refiere el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="112|6|120-" >9o. de la Ley Federal de Competencia Económica</a>, vigente hasta el 6 de julio de 2014, es difícil establecer con precisión cómo se ha concertado un acuerdo o llegado a un comportamiento anticompetitivo concertado, dado el cuidado que los interesados ponen para velar u ocultar cualquier vestigio o rastro de ello, por lo que en muchos casos, si no es que en la gran mayoría, no se podrá encontrar prueba directa de la conducta desplegada por el agente o los agentes involucrados ni de todos los detalles que, por obvias razones, se ocultan u oscurecen.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
7 de agosto de 2015

Organo emisor

Tribunal
2
Sala
2
Ponente
Alberto Pérez Dayán
Epoca
Décima Época