Tesis Aisladas

<p>PRESCRIPCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL. NO PROCEDE SU ESTUDIO OFICIOSO POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.</p>

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Resumen

<p>Del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100257|11|106-" >50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo</a> se advierte que, por regla general, el tribunal mencionado debe resolver los juicios de nulidad conforme a lo planteado por las partes en la demanda, en su contestación y, en su caso, en la ampliación de aquélla y su contestación, pero sin omitir ni añadir cuestiones que no se hicieron valer. No obstante, esa regla general admite excepciones, derivadas del propio precepto y del numeral 51 de la misma legislación, así como de las jurisprudencias 2a./J. 132/2012 (10a.) y 2a./J. 218/2007, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubros: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2002129" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. LAS SALAS FISCALES PUEDEN ANALIZAR OFICIOSAMENTE LA PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO DEL CONTRIBUYENTE PARA OBTENER LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES INDEBIDAMENTE COBRADAS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2008)</a>." y "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/170827" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>COMPETENCIA. SU ESTUDIO OFICIOSO RESPECTO DE LA AUTORIDAD DEMANDADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DEBE SER ANALIZADA POR LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA</a>.", de donde deriva que procede el estudio oficioso de los aspectos siguientes: a) del derecho subjetivo violado, en caso de que se condene a la autoridad a restituirlo o a devolver una cantidad, lo cual comprende el análisis de la prescripción del derecho del contribuyente para obtener la devolución de las cantidades indebidamente cobradas; b) la incompetencia de la autoridad para dictar la resolución impugnada o para ordenar o tramitar el procedimiento del que

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
10 de agosto de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Óscar Javier Sánchez Martínez
Epoca
Décima Época