Tesis Aisladas

<p>PRESCRIPCIÓN DE CRÉDITOS FISCALES. EL ARTÍCULO 146 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIGENTE EN 2006 QUE LA PREVÉ, NO VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDAD JURÍDICA.</p>

1

Resumen

<p>La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha precisado que el contenido esencial del derecho fundamental a la seguridad jurídica radica en "saber a qué atenerse" respecto de la regulación normativa prevista en la ley y a la actuación de la autoridad. De igual forma, ha establecido que dicho derecho implica que las normas que facultan a las autoridades para actuar en determinado sentido, deben contener los elementos mínimos que permitan al particular hacer valer su derecho y conocer las consecuencias jurídicas de los actos que realice. Ahora bien, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="445|52|1144-" >146 del Código Fiscal de la Federación</a> vigente en 2006, que establece el plazo de cinco años para que opere la prescripción de los créditos fiscales y los supuestos por los que se interrumpe ese término, no viola el derecho fundamental a la seguridad jurídica, pues prevé claramente cuándo se interrumpe la prescripción y detalla la hipótesis y su consecuencia; además, si bien el plazo de cinco años referido puede interrumpirse cada vez que se actualice alguno de los supuestos previstos en la norma, ello no implica una vulneración a la seguridad jurídica, ya que no queda al arbitrio de la autoridad determinarlos, sino que están clara y específicamente señalados en el precepto citado de la siguiente forma: a) con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor; b) por el reconocimiento expreso o tácito del deudor respecto de la existencia del crédito; y, c) cuando el contribuyente hubiere desocupado su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de cambio correspondiente o cuando lo hubiere señalado de manera incorrecta.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
29 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época