<p>PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL CONGRESO DE LA UNIÓN TIENE COMPETENCIA CONSTITUCIONAL PARA EXPEDIR LA LEY FEDERAL RELATIVA.</p>
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Resumen
<p>En términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|780-" >73, fracciones X y XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, el Congreso de la Unión tiene facultades para legislar en materia de comercio y seguridad pública federal. Ahora bien, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita tiene como objeto proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, por medio de una coordinación interinstitucional que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento. Así, dicho ordenamiento incide directamente en las materias de seguridad pública y comercio, específicamente en lo concerniente al sector financiero y económico nacional, por lo que el órgano legislativo mencionado sí tiene competencia constitucional para expedirlo.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 21 de agosto de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- José Ramón Cossío Díaz
- Epoca
- Décima Época