<p>PRIMA VACACIONAL Y AGUINALDO. CASO EN QUE EL RECLAMO DEBE DECLARARSE INVEROSÍMIL, TRATÁNDOSE DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.</p>
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Resumen
<p>Cuando un trabajador adscrito al citado órgano demande el pago de la prima vacacional y aguinaldo, afirmando que no recibió dicho pago durante todo el tiempo que duró la relación laboral (varios años), el reclamo es inverosímil, pues es un hecho notorio que para el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, anualmente se determina en el Presupuesto de Egresos de la Federación, una partida con la finalidad de realizar el pago del salario a favor de sus trabajadores; de ahí que debe presumirse que ese órgano efectúa los pagos correspondientes a sus servidores públicos en las fechas acordadas, por lo cual no resulta creíble que en ningún momento se hubiese pagado al trabajador dichas prestaciones, sin que se haya inconformado.</p><br><p>DÉCIMO SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 13 de noviembre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Andrés Sánchez Bernal
- Epoca
- Décima Época