Tesis Aisladas

<p>PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. SU COMPATIBILIDAD CON LA NORMATIVA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.</p>

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Resumen

<p>Si bien de conformidad con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|240|20-" >1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, a partir de su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, son de observancia general no sólo los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal, sino también los que se prevean en los instrumentos internacionales firmados por el Estado Mexicano, con el objeto de garantizar un recurso judicial efectivo contra actos que violen derechos fundamentales, ello no implica que la normativa en materia de derechos humanos sea incompatible con el principio de definitividad que rige en el juicio de amparo, dado que éste no puede considerarse como un recurso, sino como un verdadero juicio previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|240|1540-" >107 de la Carta Magna</a>, en el que se sientan las bases a las que se sujetará el procedimiento y el orden jurídico que lo regula a través de la Ley de Amparo, en cuyo artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|122-" >61</a> establece diversas causas de improcedencia como presupuestos procesales que deben atenderse, pues lo contrario daría lugar a una situación permanente de inseguridad jurídica en relación con todos los actos de autoridad, lo que resulta ajeno y contrario a los fines que persiguen el juicio de amparo, la Constitución y los propios tratados sobre derechos humanos. Ahora bien, el citado artículo 61, en su fracción XVIII, señala como casos de excepción al principio de definitividad cuando: a) se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
29 de mayo de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Víctor Francisco Mota Cienfuegos
Epoca
Décima Época