PRINCIPIO DE IMPUGNACIÓN DE LAS SENTENCIAS EN MATERIA MERCANTIL. EFECTOS DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO POR SU INFRACCIÓN.
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil se emitió sentencia en la que en uno de los puntos resolutivos se estableció que ésta era irrecurrible, pese a que conforme al Código de Comercio era apelable. En desacuerdo, la parte interesada promovió amparo directo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando la autoridad responsable establece que la sentencia reclamada es irrecurrible, pese a ser apelable, y a causa de ello el quejoso acude al juicio de amparo, procede conceder la protección constitucional para el efecto de que dicha autoridad prescinda de considerar que la sentencia es irrecurrible. Justificación: El motivo de la concesión del amparo en esos términos obedece justamente a que el quejoso no interpuso el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, porque la autoridad responsable infringió el principio de impugnación de las sentencias al establecer expresamente que la reclamada era irrecurrible, pese a ser apelable conforme al Código de Comercio. En casos como éste no es dable examinar el fondo del asunto pues, en todo caso, será en el amparo directo que eventualmente se promueva contra la sentencia de segunda instancia –de interponerse el recurso de apelación– cuando podrá examinarse el asunto de manera integral, a la luz de los conceptos de violación que se hagan valer. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- XXIV.3o.3 C (11a.)
- Fecha de resolucion
- 17 de octubre de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- Juan Daniel Núñez Silva
- Epoca
- Duodecima Epoca
- Tesis
- XXIV.3o.3 C (11a.)