<p>PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA. NO ES IDÓNEA PARA ACREDITAR LA NULIDAD DEL ACTA DE NACIMIENTO POR EXISTENCIA DE UNA ANTERIOR.</p>
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Resumen
<p>Cuando a través de la vía judicial se pretende la nulidad del acta de nacimiento por existir una anterior, la materia de la litis se constriñe a determinar si existe o no la causa de nulidad invocada por el accionante y bajo los hechos señalados en la demanda, es decir, la existencia de un acta de nacimiento previa. En ese sentido, la investigación de paternidad consanguínea o la verdad biológica del menor, no forma parte de la acción y, por tanto, la prueba pericial en genética no es idónea para acreditar la causa de nulidad invocada por el accionante.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 9 de septiembre de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Fernando Alberto Casasola Mendoza
- Epoca
- Décima Época