<p>PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ORIGEN DE ESA AUTODENOMINACIÓN Y DE SU AUTOADSCRIPCIÓN COLECTIVA COMO PUEBLOS INDÍGENAS.</p>
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Resumen
<p>Los pueblos originarios de la Ciudad de México son pueblos indígenas, al descender de las poblaciones que habitaban la Ciudad de México, previo a la llegada de los conquistadores españoles. Se autodenominan originarios, lo cual es una nota adicional de su autoadscripción colectiva como pueblos indígenas porque, en mayor o menor medida, conservan ciertos usos y costumbres y, en algunas ocasiones, un territorio y un nombre de origen indígena, pero sobre todo festividades tradicionales; dicho ejercicio autoadscriptivo se construyó desde el Primer Foro de Pueblos Originarios y Migrantes del Anáhuac en 1996, donde los asistentes se autodefinieron como originarios, término que fue confirmado en el 2000, en el Primer Congreso de Pueblos Originarios del Anáhuac, celebrado en San Mateo Tlaltenango, en la Delegación Cuajimalpa, del entonces Distrito Federal. Durante el constante reclamo de sus derechos, estos pueblos han adoptado y difundido el término de "originarios" y ahora sus comunidades se asumen como tales y así son reconocidas por habitantes y autoridades de la Ciudad de México e, incluso, por la Constitución Local, próxima a entrar en vigor (17 de septiembre de 2018).</p><br><p>DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 6 de julio de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- María Amparo Hernández Chong Cuy
- Epoca
- Décima Época