Tesis Jurisprudenciales

<p>QUEJA CONTRA LA MULTA IMPUESTA POR INCUMPLIR UNA SENTENCIA DE AMPARO. CUANDO ESE RECURSO SE INTERPONE POR UN SERVIDOR PÚBLICO EN SU CARÁCTER DE PERSONA FÍSICA, EL PLAZO RELATIVO DEBE COMPUTARSE CON BASE EN LAS REGLAS DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY DE LA MATERIA.</p>

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Resumen

<p>Conforme a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 65/2015 (10a.), de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2009360" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>JUICIO DE AMPARO. LA PERSONA FÍSICA O TITULAR DE UNA UNIDAD ADMINISTRATIVA QUE EN SU ACTUAR COMO AUTORIDAD FUE MULTADA POR UN TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ESTATAL, POR CONTUMACIA EN EL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA, POR DERECHO PROPIO ESTÁ LEGITIMADA PARA PROMOVERLO CONTRA LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA</a>.", cuando una persona física o titular de una unidad administrativa, en su actuar como autoridad, fue multada por un tribunal de justicia administrativa por contumacia en el cumplimiento de una sentencia, por derecho propio, está legitimada para promover el juicio de amparo contra esa resolución, en razón de que debe cubrir la sanción pecuniaria de su propio peculio y no con el presupuesto de la unidad administrativa. Ahora bien, ese criterio puede trasladarse al supuesto en que un Juez de Distrito impone una multa a un servidor público por incumplir una sentencia de amparo; caso en el cual, éste puede impugnar esa determinación a través del recurso de queja, ya que acude en su carácter de persona física. Por tanto, para realizar el cómputo del plazo para interponer ese medio de defensa, debe atenderse a la <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|62-" >fracción II del artículo 31 de la Ley de Amparo</a> que, en lo conducente, dispone: "Artículo 31. Las notificaciones surtirán sus efectos conforme a las siguientes reglas: ...II. Las demás, desde el día siguiente al de la notificación personal o al de la fijación y publicación de la lista que se realice en los términos de la presente ley."</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
19 de mayo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Ojeda Velázquez
Epoca
Décima Época