<p>READSCRIPCIÓN DE JUECES DE DISTRITO Y MAGISTRADOS DE CIRCUITO POR NECESIDADES DEL SERVICIO. SU FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. </p>
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Resumen
<p>El Consejo de la Judicatura Federal, para fundar y motivar debidamente la readscripción de Jueces de Distrito y de Magistrados de Circuito por necesidades del servicio, debe distinguir por lo menos dos supuestos: a) que existan varios solicitantes o interesados en ocupar la plaza respecto de la cual la necesidad del servicio se hace manifiesta; o b) que no existan solicitantes o interesados en ocupar dicha plaza; en el primer supuesto debe existir una ponderación de los elementos a que se refiere el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2569|31|927-" >120 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación</a>, en relación con todos los solicitantes, para ubicarlos en los rangos más elevados de sus categorías y poder determinar quién reúne el mejor perfil, a efecto de justificar su elección; en el segundo supuesto, el Consejo de la Judicatura Federal no está obligado a realizar una comparación objetiva entre los méritos o cualidades del universo de funcionarios de igual categoría, pero debe expresar cuál es la necesidad del servicio que se pretende cubrir, así como las razones, motivos o circunstancias por las que se considera que el Juez o Magistrado elegido para ocupar la plaza respectiva reúne el perfil o resulta ser el funcionario idóneo para ello.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 7 de diciembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 2
- Sala
- 2
- Ponente
- Sergio Salvador Aguirre Anguiano
- Epoca
- Décima Época