Tesis Aisladas

<p>RECURSO DE APELACIÓN PROMOVIDO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL. EL RESPETO A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL SENTENCIADO, OBLIGA AL TRIBUNAL DE ALZADA DEL CONOCIMIENTO A ESTUDIAR DE OFICIO LA DEMOSTRACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL DELITO, LA RESPONSABILIDAD PENAL Y LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA, PARA CONSTATAR SI EXISTE VIOLACIÓN O NO A AQUÉLLOS, AUNQUE NO SE HUBIERA ALEGADO EN LOS AGRAVIOS (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 457, 461

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Resumen

<p>Los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100748|4|914-100748|4|922-100748|4|962-" >457, 461 y 481</a> del código señalado no deben constituir una limitante de los derechos humanos de defensa, audiencia y debido proceso, contenidos en los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|150-130|251|210-" >14 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, toda vez que aunque dan pauta para considerar a la alzada de estricto derecho o litis cerrada, deben interpretarse sistemáticamente con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100748|4|4-" >2o.</a> del citado cuerpo de leyes, el cual menciona que dicho código tiene por objeto establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño, y así contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte. Consecuentemente, el respeto a los derechos fundamentales de las personas, obliga al tribunal de alzada que conozca del recurso de apelación promovido contra la sentencia definitiva dictada en el sistema procesal penal acusatorio y oral, a realizar el estudio oficioso de los temas fundamentales, como la demostración de los elementos del delito, la responsabilidad penal del acusado y la individualización de la pena, para constatar si existe o no violación en esos temas, aun cuando el sentenciado no lo hubiere alegado en sus agravios,

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
17 de marzo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
José Martín Hernández Simental
Epoca
Décima Época