RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO QUE EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA FIJA LOS ALCANCES DE LA EJECUTORIA DE AMPARO [ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO].
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: Varias personas jurídicas promovieron amparo indirecto contra disposiciones administrativas de carácter general relacionadas con el acceso a las instalaciones y derechos de vía del Sistema Eléctrico Nacional. El Juzgado de Distrito concedió el amparo únicamente respecto de algunos preceptos reclamados. Contra dicha determinación se interpuso recurso de revisión. El Tribunal Colegiado de Circuito reservó jurisdicción a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien modificó la sentencia recurrida y otorgó el amparo bajo ciertas consideraciones. En la etapa de cumplimiento de sentencia el Juzgado de Distrito emitió un acuerdo en el que precisó la forma y los términos en los que debía acatarse la sentencia. Tanto las personas quejosas como la autoridad vinculada interpusieron recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo procede contra el acuerdo emitido en la etapa de ejecución de sentencia que establece y precisa los efectos y alcances de la ejecutoria de amparo. Justificación: Del precepto citado se advierte que el recurso de queja procede contra resoluciones dictadas durante el trámite del juicio o del incidente de suspensión, que no admitan expresamente el recurso de revisión y que por su naturaleza trascendental y grave, puedan causar perjuicio no reparable en la sentencia definitiva a alguna de las partes; así como contra las resoluciones que con las mismas características se emitan después de dictada la sentencia. En este último supuesto se encuentra el acuerdo por el cual el Juzgado de Distrito en la etapa de ejecución de sentencia precisa los efectos y alcances de la ejecutoria de amparo al no haberse establecido de manera clara en la propia sentencia, ya que esa determinación establece las bases conforme a las que serán encausados los requerimientos del cumplimiento de la ejecutoria y, por ende, obliga a la autorida...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- I.2o.A.E.7 K (11a.)
- Fecha de resolucion
- 14 de noviembre de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- José Luis Cruz Álvarez
- Epoca
- Duodecima Epoca
- Tesis
- I.2o.A.E.7 K (11a.)