RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO CONTRA EL AUTO QUE DESECHA EL INCIDENTE POR EXCESO O DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSIÓN. NO QUEDA SIN MATERIA CUANDO LA SENTENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CAUSA EJECUTORIA.
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Resumen
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si debe declararse sin materia el recurso de queja interpuesto contra el auto que desecha el incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión, cuando durante su tramitación se dicta sentencia en el juicio principal y causó ejecutoria. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que el referido recurso de queja no debe declararse sin materia. Justificación: En la jurisprudencia P./J. 21/2016 (10a.) , el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no queda sin materia el recurso de queja interpuesto contra la interlocutoria que resuelve el incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión, cuando la sentencia del juicio de amparo causa ejecutoria. La materia y finalidad de dicho recurso consisten en analizar la legalidad de la resolución emitida en el referido incidente, lo cual implica verificar si la suspensión se cumplió en sus términos y si la autoridad responsable estuvo en aptitud de rectificar los errores en que pudo haber incurrido, lo cual podría incidir en el resultado de la denuncia que, en su caso, se haga sobre la posible comisión del delito previsto en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo . Opera la misma razón cuando el recurso de queja se interpone contra el auto que desecha el incidente aludido, pues el efecto es el mismo en ambos casos: ponerle fin al incidente. PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Jurisprudencia
- Numero de resolucion
- PR.P.T.CS. J/9 K (11a.)
- Fecha de resolucion
- 13 de junio de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Suprema Corte de Justicia de la Nacion
- Sala
- Pleno
- Ponente
- Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- PR.P.T.CS. J/9 K (11a.)