Tesis Jurisprudenciales

<p>RECURSO DE RECLAMACIÓN. FORMA DE COMPUTAR EL PLAZO PARA PRESENTARLO CUANDO EL RECURRENTE RESIDA FUERA DE LA JURISDICCIÓN A LA QUE PERTENECE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN RECURRIDA.</p>

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Resumen

<p>De una interpretación sistemática de la Ley de Amparo, se desprende que el capítulo III establece las reglas generales en relación con los "plazos" a los que se supeditará cualquier promoción o recurso. En este sentido, es importante señalar que el capítulo XI, relativo a los "medios de impugnación", no contempla ninguna regla específica que se oponga a lo dispuesto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|46-" >23</a> que establece que "si alguna de las partes reside fuera de la jurisdicción del órgano de amparo que conozca o deba conocer del juicio, la demanda y la primera promoción del tercero interesado podrán presentarse, dentro de los plazos legales, en la oficina pública de comunicaciones del lugar de su residencia, en la más cercana en caso de no haberla, o bien, en forma electrónica a través del uso de la Firma Electrónica.". Así, el artículo 23 de la vigente Ley de Amparo debe interpretarse extensivamente, de tal manera que se entienda que este precepto contempla una regla que también es aplicable al caso en el que el recurrente resida fuera de la jurisdicción a la que pertenece el órgano jurisdiccional que emitió la resolución recurrida, lo que implica que éste también puede presentar su "recurso" o "promoción" en la oficina pública de comunicaciones del lugar de su residencia, siempre y cuando lo haga dentro de los plazos legales. De esta manera, el término para la interposición del recurso de reclamación se interrumpirá cuando el recurrente resida fuera del lugar donde se encuentre el órgano judicial que dictó el acuerdo impugnado y se haya acreditado que se realizó de manera oportuna el depósito del escrito relativo en la oficina pública de comunicaciones.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
9 de diciembre de 2016

Organo emisor

Tribunal
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Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época