Tesis Aisladas

<p>RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="112|6|420-" >39 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA</a>, VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014 Y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100354|1|142-" >71</a> DE SU REGLAMENTO. SE RIGE POR EL SISTEMA DE LITIS ABIERTA.</p>

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Resumen

<p>Los preceptos señalados prevén el recurso de reconsideración, entre otras hipótesis, contra las resoluciones que pongan fin a cualquiera de los procedimientos previstos en la propia ley y, por la naturaleza de ese medio de impugnación, es la misma autoridad que los resuelve quien lleva a cabo esa "reconsideración". Por otra parte, dichos numerales no establecen que la materia del recurso se limite a los argumentos que se hubiesen hecho valer durante alguna de las etapas del procedimiento. Por tanto, dicho recurso se rige por el sistema de litis abierta, que faculta al inconforme a plantear todas las cuestiones jurídicas que estime convenientes a su interés.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de abril de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Patricio González-Loyola Pérez
Epoca
Décima Época