<p>RECURSO DE REVISIÓN. CORRESPONDE SU CONOCIMIENTO AL TRIBUNAL COLEGIADO QUE AL RESOLVER UN RECURSO ANTERIOR, REVOCÓ LA NEGATIVA DEL AMPARO, Y EN SU LUGAR, CONCEDIÓ LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL, REASUMIENDO PARA ELLO JURISDICCIÓN, CUANDO EL NUEVO ACTO RECLAMADO SE ORIGINÓ CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DADO AL FALLO PROTECTOR.</p>
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Resumen
<p>Cuando un Tribunal Colegiado de Circuito previene en el conocimiento de un anterior juicio de amparo, en el que revoca el fallo constitucional recurrido y, en su lugar, concede el amparo solicitado, reasumiendo, para ello, jurisdicción ante la ausencia de reenvío y, en cumplimiento de dicha ejecutoria, se dicta una nueva resolución que constituye el acto reclamado en un posterior juicio biinstancial; la competencia para resolver el recurso de revisión que se interponga contra las resoluciones en que se hubiere dado cumplimiento al fallo protector, corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito que otorgó el amparo, conforme al principio de seguridad jurídica que obra en favor de los quejosos, y en aras de salvaguardar el derecho humano de acceso a la justicia, consagrado en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|240|180-" >17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, sin que ello se oponga a los Acuerdos Generales <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/1504" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>13/2007, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula el funcionamiento, supervisión y control de las oficinas de correspondencia común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación</a>; <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/1627" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>12/2008, que modifica el diverso Acuerdo General 13/2007, que regula el funcionamiento, supervisión y control de las oficinas de correspondencia común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación</a> y <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/2501" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 10 de julio de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Víctor Jáuregui Quintero
- Epoca
- Décima Época