<p>RENTA. LA REGLA <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100793|2|16-" >I.3.2.12 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014</a>, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE DICIEMBRE DE 2013, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA, EN SU VERTIENTE DE RESERVA DE LEY Y DE SUPREMACÍA NORMATIVA.</p>
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Resumen
<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100723|1|258-" >129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta</a>, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, establece como uno de los requisitos para la aplicabilidad del régimen cedular con tasa de 10% a los ingresos derivados de la enajenación de acciones o títulos en casa de bolsa, que éstos sean considerados como colocados entre el gran público inversionista. Asimismo, el referido precepto legal contempla una cláusula habilitante en la que faculta al Servicio de Administración Tributaria para emitir reglas de carácter general para facilitar el cálculo, pago y entero del impuesto. Por su parte, la disposición administrativa indicada desarrolla el concepto de lo que debe entenderse por acciones o títulos colocados entre el gran público inversionista para efectos del pago del tributo, la cual especifica que no tendrán tal carácter las acciones o títulos adquiridos por quienes al momento de su inscripción en el Registro Nacional de Valores ya eran socios o accionistas de la emisora. Conforme a lo señalado, es válido sostener que la regla de mérito no transgrede el principio de legalidad tributaria en su vertiente de reserva de ley y de supremacía normativa, toda vez que no hace más que precisar un concepto que la norma legal prevé; lo cual, además, es conforme con la interpretación histórica y teleológica de esta última, de la que se advierte que la finalidad buscada por el legislador consistió en hacer accesibles a las empresas los recursos necesarios para sus proyectos productivos a través de la captación del ahorro interno, facilitar la movilidad de capitales entre sectores, así como promover la diversificación de la propiedad empresarial en el país, en beneficio, principalmente, de pequeños y medianos ahorradores, para con ello, promover el desarrollo económico y financiero. Sin embargo, tuvo que aco
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 10 de marzo de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 2
- Sala
- 2
- Ponente
- José Fernando Franco González Salas
- Epoca
- Décima Época