Tesis Aisladas

<p>REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. TOPES MÍNIMOS Y MÁXIMOS DE LA CUANTIFICACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES, SU INCONSTITUCIONALIDAD.</p>

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Resumen

<p>Al analizar la reparación integral del daño en casos que impliquen violaciones a derechos humanos, no se pone énfasis en el repudio de una conducta individual considerada antijurídica sino en el impacto multidimensional de un hecho lesivo, incluyendo tanto el sufrimiento de la víctima como la cadena de impactos negativos desatada por un hecho. Así, resulta necesario precisar que una violación a derechos humanos debe entenderse a partir del principio constitucional de indivisibilidad de los derechos, pues para comprender la magnitud del hecho victimizante no debe revisarse únicamente la gravedad del daño, sino el impacto que éste pudo tener respecto de otros derechos. En efecto, la vulneración a un derecho humano puede traer como consecuencia la transgresión a otros, lo cual exige que el órgano jurisdiccional identifique todas las consecuencias del hecho victimizante, pues sólo así podrán identificarse los distintos tipos de medidas que serán necesarias para reparar el daño. En este sentido, la reparación de una violación a derechos humanos exige la contención de las consecuencias generadas y su eventual eliminación o, en caso de no ser ésta posible, su disminución, lo que implica que las distintas medidas que forman parte de lo que se conoce como reparación integral no deban valorarse bajo un esquema sucesivo, en el cual si una no funciona se intenta otra, sino a partir de un enfoque simultáneo, en el que se busque la reparación de cada uno de los derechos afectados. Ahora bien, dependiendo de la naturaleza del caso, es posible que los procedimientos no permitan el dictado de medidas de distinta naturaleza, pues su viabilidad no es idéntica en todas las materias ni en todas las vías, no obstante, ello implica que se deban revalorizar las indemnizaciones de modo que se consideren justas o integrales. Así, las indemnizaciones serán consideradas justas cuando su cálculo se realice con base en el encuentro de dos principios: el de reparación integral del daño y el de

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de diciembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época