Tesis Aisladas

<p>REPARACIÓN INTEGRAL ANTE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. INTERPRETACIÓN DE LAS INSTITUCIONES PREVISTAS EN LA LEY DE AMPARO COMO "GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN".</p>

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Resumen

<p>La Corte Interamericana de Derechos Humanos entiende que las garantías de no repetición están dirigidas a evitar que las víctimas de violaciones a derechos humanos vuelvan a sufrir hechos victimizantes similares, lo cual alcanza un impacto más general, porque tienden a evitar que cualquier otra persona experimente hechos análogos. Al respecto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha aclarado que la Ley de Amparo no autoriza a establecer, como medidas de reparación, garantías de no repetición similares a las que ha dictado la Corte Interamericana. No obstante partiendo de la idea de que si la finalidad de estas medidas es que, una vez que se ha declarado la violación, la persona afectada no vuelva a sufrir la misma vulneración a sus derechos humanos y que personas en situaciones semejantes tampoco sean afectadas por actos de autoridad similares, es evidente que la Ley de Amparo prevé una serie de instituciones que, de hecho, deben reinterpretarse como garantías de no repetición. En primer lugar, la Ley de Amparo establece un régimen de responsabilidades administrativas y penales en los casos de incumplimiento de las sentencias (artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|364-100683|3|366-100683|3|368-100683|3|370-100683|3|372-100683|3|374-100683|3|376-100683|3|378-100683|3|380-100683|3|382-100683|3|384-100683|3|386-100683|3|388-100683|3|390-100683|3|392-100683|3|394-100683|3|396-" >182 a 198</a>) y repetición del acto reclamado (artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|398-100683|3|400-" >199 a 200</a>), que pueden dar lugar a la destitución del funcionario y a la imposición de penas de prisión. Estas medidas, pese a constituir supuestos de satisfacción al buscar que se imparta justicia en cada caso, tienen una proyección colectiva que se asemeja a las

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
26 de mayo de 2017

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época