<p>RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL BUROCRÁTICA. LA ACCIÓN PUEDE EJERCERSE INDISTINTAMENTE POR LA ENTIDAD PÚBLICA O POR EL TRABAJADOR, AUN CUANDO DESEMPEÑE UN PUESTO DE CONFIANZA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS).</p>
7
Resumen
<p>Atento al principio de progresividad en la tutela de los derechos humanos, contenido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|249|20-" >1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, debe concluirse sobre la validez de las prerrogativas otorgadas en la ley que rige el vínculo laboral entre los trabajadores y las entidades públicas descritas en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201122|1|2-" >1 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas</a>. En esta tesitura, si se toma en consideración que el derecho al trabajo exige respeto a la libertad y dignidad de quien lo presta, el cual debe desarrollarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel decoroso para el trabajador y su familia, conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100175|1|2-" >23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos</a>, así como que ese vínculo de trabajo puede concluir, entre otras causas, por determinación unilateral del trabajador, por mutuo consentimiento de las partes, o bien, sin responsabilidad para el trabajador cuando se actualice cualquiera de las causas de rescisión previstas en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201122|1|4-" >34</a> de la aludida ley, sin que el ejercicio de esa acción se encuentre excluida a los trabajadores de confianza o reservada para los trabajadores de base, pues dicho artículo sólo hace referencia a la o el trabajador. Concluir en sentido contrario llevaría a establecer que los trabajadores de confianza, por ese solo carácter, deben soportar tratos degradantes, faltos de probidad o inhumanos por los titulares de las entidades gu
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 7 de octubre de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Francisco Uribe Ortega, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado
- Epoca
- Décima Época