<p>RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DESECHA LA RECLAMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN RELATIVA, PROCEDE EL JUICIO DE OPOSICIÓN.</p>
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Resumen
<p>Acorde con el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, en conjunción con los principios de interpretación más favorable a la persona, y en caso de duda, a favor de la acción, contenidos en los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|20-130|252|180-" >1o. y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201282|1|1-201282|1|2-" >28 y 35 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Chihuahua</a> deben entenderse en el sentido de que el juicio de oposición, contenido en el Código Fiscal del Estado de Chihuahua, procede contra la determinación que desecha en sede administrativa la reclamación de indemnización promovida por responsabilidad patrimonial del Estado, aunque dicho pronunciamiento no analice el fondo del asunto, ya que esa determinación niega, implícitamente, la indemnización solicitada.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 23 de noviembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Rafael Rivera Durón
- Epoca
- Décima Época