PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS POR ATENCIÓN MÉDICA DEFICIENTE. PROCEDE REPONERLO PARA QUE SE RECLASIFIQUEN LAS CONDUCTAS CALIFICADAS COMO NO GRAVES COMETIDAS EN PERJUICIO DE NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES CUANDO NO FUE APLICADA UNA PERSPECTIVA DE INFANCIA.
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: Un médico de un instituto de salud pública otorgó atención médica deficiente a un bebé que derivó en su fallecimiento. El órgano interno de control del instituto le fincó responsabilidad administrativa no grave y lo suspendió por 30 días. El médico promovió juicio contencioso administrativo federal en el que se declaró la nulidad de esa resolución por considerar que la facultad para sancionar la infracción había prescrito. Contra esa decisión la autoridad demandada interpuso recurso de revisión fiscal. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede ordenar reponer el procedimiento de responsabilidades administrativas de los servidores públicos iniciado por atención médica deficiente, para que se reclasifiquen las conductas cometidas en perjuicio de niñas, niños o adolescentes, cuando no se haya aplicado una perspectiva de infancia que dimensione sus repercusiones en perjuicio de su interés superior. Justificación: El marco constitucional y convencional de protección especial a favor de niñas, niños y adolescentes impone la obligación de evitar violaciones a sus derechos humanos y, de no ser posible, repararlas. En un procedimiento de responsabilidad administrativa por atención médica negligente, esa reparación implica la aplicación de una perspectiva de infancia para ponderar a partir de sus efectos la gravedad real o potencial de la conducta cometida y sancionarla adecuadamente. Dado que la omisión de aplicar esa perspectiva impide una debida clasificación y sanción, nulifica el interés superior de la persona afectada e impide restituir la afectación generada y la de sus familiares cercanos. Además de que revictimiza, genera una situación de riesgo en perjuicio de más niñas, niños y adolescentes que pudieran ser atendidos por el personal médico no sancionado correctamente y propicia en lo fáctico y en lo simbólico un ambiente de impunidad, indiferencia o conformismo respecto de actuaciones técnicas irregulares que si bien es...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- I.20o.A.63 A (11a.)
- Fecha de resolucion
- 22 de agosto de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- Salvador Alvarado López
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- I.20o.A.63 A (11a.)