Constitucional Jurisprudencia

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS. EL ARTÍCULO 13, PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA (ABROGADA), QUE REGULAN ASPECTOS REFERENTES A LA FALTA DE VERACIDAD EN LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL, SUPERAN EL EXAMEN DE PROPORCIONALIDAD ORDINARIO.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Esta resolucion judicial de Suprema Corte de Justicia de la Nacion aborda un tema de constitucional con consecuencias relevantes para la interpretacion de las normas aplicables. La sentencia consolida o modifica criterios anteriores y orienta la actuacion de los tribunales inferiores en casos analogos. La doctrina jurisprudencial mexicana se construye mediante reiteracion de criterios o por contradiccion de tesis resueltas por la Suprema Corte. Los pronunciamientos en materia de derechos humanos cobran especial relevancia tras la reforma constitucional de 2011. Las partes en el juicio original y los terceros interesados deben atender los efectos de la cosa juzgada y, en su caso, ejercer los recursos pertinentes en los plazos legales.

Resumen

Hechos: Una persona servidora pública a quien se consideró responsable de la falta administrativa calificada como grave, consistente en que faltó a la veracidad al presentar sus declaraciones de situación patrimonial en distintos ejercicios, fue destituida con fundamento en los artículos 8, fracción XV, y 13, párrafo quinto -este último reformado el 23 de mayo de 2014-, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (abrogada). En un juicio de amparo indirecto la persona servidora pública reclamó su destitución y la inconstitucionalidad del artículo 13, párrafo quinto, de la citada ley. El juzgado de Distrito sobreseyó en el juicio respecto de la norma impugnada y concedió el amparo contra la resolución administrativa. Tanto la autoridad responsable como la persona quejosa interpusieron recurso de revisión. El Tribunal Colegiado revocó el sobreseimiento y remitió los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver el tema de constitucionalidad. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el artículo 13, párrafos cuarto y quinto -este último reformado el 23 de mayo de 2014-, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (abrogada), que prevén como infracción grave la falta de veracidad en las declaraciones de situación patrimonial y la destitución como sanción aplicable, sí superan el examen de proporcionalidad, de escrutinio ordinario, pues persiguen un fin constitucionalmente válido y cumplen con el principio de razonabilidad, consistente en la adecuación racional de medio-fin. Justificación: Los artículos 109, fracción III y 133, párrafo primero, de la Constitución Federal , vigente al 23 de mayo de 2014, otorgan al legislador amplias facultades para establecer leyes que garanticen los principios que rigen a la administración pública federal. Por tanto, el Congreso Federal tiene amplia libertad de configuración legislativa par...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
1a./J. 92/2025 (11a.)
Fecha de resolucion
6 de junio de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Primera Sala
Ponente
Loretta Ortiz Ahlf
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
1a./J. 92/2025 (11a.)