Tesis Aisladas

<p>REVISIÓN ADHESIVA EN AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE DECLARE SIN MATERIA DEBE REFLEJARSE EN LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA RESPECTIVA.</p>

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Resumen

<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|164-" >82 de la Ley de Amparo</a> establece que la parte que obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo puede adherirse al recurso de revisión interpuesto por otra de las partes dentro del plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la admisión del recurso, expresando los agravios correspondientes, por lo que la adhesión al recurso sigue la suerte procesal de éste. En ese sentido, cuando los agravios de la revisión principal son desestimados por ineficaces, lo que genera que subsista en sus términos el fallo federal decretado por el Juez de Distrito, la revisión adhesiva debe declararse "sin materia" por su naturaleza accesoria. Por ende, conforme a la jurisprudencia 1a./J. 79/2014 (10a.), sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2008071" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>AMPARO ADHESIVO. LA DECISIÓN QUE RECAIGA AL MISMO DEBERÁ TRASCENDER A LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO</a>.", se colige que el pronunciamiento de mérito debe reflejarse en un punto resolutivo autónomo que evidencie lo resuelto por el tribunal de alzada en relación con él. Lo anterior, porque los puntos resolutivos reflejan el pronunciamiento del tribunal de amparo y, por ello, el resultado de la valoración de los agravios del adherente no sólo debe estar contenido en los considerandos respectivos, sino que debe trascender a los puntos resolutivos de la sentencia de segunda instancia.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
8 de marzo de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Toss Capistrán
Epoca
Décima Época