<p>ROBO. CUANDO OCURRE EN PANDILLA Y UNO DE LOS ACTIVOS ES MIEMBRO DE UNA CORPORACIÓN POLICIACA DEBE APLICÁRSELE EL ARTÍCULO 252, TERCER PÁRRAFO, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.</p>
7
Resumen
<p>Para el señalado supuesto, por un lado, la ley prevé dos hipótesis que se ocupan de cada una de esas circunstancias: cuando se actúa en pandilla (<a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|79|1767-" >252, primer párrafo</a>) y cuando se es miembro de una corporación policiaca (<a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|79|1571-" >224, fracción VI</a>); y por otro lado, prevé otra hipótesis que conjunta ambas circunstancias (252, tercer párrafo); escenario en el cual, la suma de la pena de las primeras dos hipótesis (una mitad de la pena del robo y de dos a seis años, respectivamente) es mayor a la de la tercera (dos terceras partes de la pena del robo). Por tanto, cuando en un robo confluyan ambas circunstancias debe aplicarse la pena establecida en la tercera hipótesis por dos razones: la primera, atento al principio de especialidad, que honra el derecho fundamental de exacta aplicación de la pena previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|150-" >14, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, en tanto que las que se ocupan de cada una de esas circunstancias son normas generales frente a la que las conjuga, que es más específica porque en ella el legislador diseñó una regla en la que ambas circunstancias se combinan; y, la segunda, atento al principio pro persona, que consagra el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|20-" >1o. constitucional</a>, según el cual cuando se trata de una regla que restringe un derecho fundamental (en este caso la privación de la libertad) debe estarse a la que genera menor perjuicio, lo que aquí ocurre justamente porque la pena de la
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 4 de enero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Juan José Olvera López
- Epoca
- Décima Época