<p>ROBO DE VEHÍCULO EN SU MODALIDAD DE DESMANTELAMIENTO. EL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200973|1|12-" >375, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA</a>, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EL 22 DE MAYO DE 2013 EN EL PERIÓDICO OFICIAL LOCAL, QUE LO PREVÉ, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY EN MATERIA PENAL, EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD. </p>
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Resumen
<p>El precepto citado, no transgrede el principio de exacta aplicación de la ley en materia penal, en su vertiente de taxatividad, reconocido por el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|150-" >14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, el cual exige que los textos legales en los que se recogen las normas sancionadoras describan con suficiente precisión las conductas prohibidas y las sanciones que se impondrán a quienes incurran en ellas. Lo anterior es así, porque otorga certeza jurídica a los gobernados, sobre la conducta que constituye dicho delito, consistente en el robo de un automóvil, en su modalidad de desmantelamiento, y en consecuencia, también resulta claro y preciso el parámetro de punibilidad que habrá de considerarse al consumarse la misma, esto es el previsto en el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200973|3|2-" >374, fracción V</a>, del mismo ordenamiento legal (de seis a doce años de prisión y multa de quinientos a dos mil días de salario mínimo).</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 22 de junio de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 1
- Sala
- 1
- Ponente
- Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
- Epoca
- Décima Época