Tesis Aisladas

<p>SALARIOS CAÍDOS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. AL NO PREVERSE EN LA LEY RELATIVA LA TEMPORALIDAD O PERIODO QUE DEBE ABARCAR LA LIQUIDACIÓN DE AQUÉLLOS, ES INAPLICABLE, SUPLETORIAMENTE, EL ARTÍCULO 48, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.</p>

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Resumen

<p>En términos de la jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.), sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1065, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2003161" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE</a>.", para que las figuras jurídicas puedan aplicarse supletoriamente, cuando no estén previstas expresamente en la ley a suplir, es necesario que se satisfagan cuatro supuestos, a saber: a) que el ordenamiento que se pretenda suplir lo admita expresamente, y señale el estatuto supletorio; b) el ordenamiento objeto de supletoriedad debe prever la institución jurídica de que se trate; c) que las normas existentes en tal cuerpo jurídico sean insuficientes para su aplicación a la situación concreta presentada, por carencia total o parcial de la reglamentación necesaria; y, d) que las disposiciones o principios con los que se vaya a colmar la deficiencia no contraríen las bases esenciales del sistema legal que sustenta la institución suplida. En ese orden de ideas, en términos de la <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="367|21|339-" >fracción III del artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado</a>, es obligación de los titulares de las dependencias reinstalar a los trabajadores que hubieren separado, así como pagarles los salarios caídos respectivos, sin que dicha disposición mencione el periodo que debe abarcar la liquidación de estos últimos. Por su parte, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|374-" >48¸ párrafo segundo, de la Ley Federal del Trabajo</a> (ordenamiento supletorio de la l

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
10 de junio de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Lourdes Minerva Cifuentes Bazán
Epoca
Décima Época