Tesis Jurisprudenciales

<p>SANCIÓN PECUNIARIA. LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DE TENERLA POR SATISFECHA EN LA SENTENCIA, AL HACER EFECTIVA LA CAUCIÓN QUE GARANTIZA LA LIBERTAD PROVISIONAL DEL ACUSADO, VIOLA LOS PRINCIPIOS DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL Y DE LEGALIDAD (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).</p>

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Resumen

<p>La determinación de la autoridad judicial al dictar una sentencia, en el sentido de tener por satisfecha la sanción pecuniaria, al aplicar para su pago la garantía exhibida por el acusado al momento de acogerse al derecho de la libertad provisional bajo caución, contraviene los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|61|283-25361|61|290-25361|61|605-25361|61|647-" >39, 40, 85 y 91 del Código Penal para el Distrito Federal</a>, pues al hacer efectiva dicha garantía, hace nugatorio el otorgamiento del sustitutivo de multa por jornadas de trabajo, aun ante la insolvencia económica del sentenciado; además, tampoco podría tener vigencia el procedimiento económico coactivo, que corresponde a la etapa de ejecución, porque ya se ejecutó la pena pecuniaria de multa, ni tendría razón de ser la suspensión condicional de la ejecución de las penas, que incluye a la multa, porque con el dictado de la sentencia que hace efectiva la garantía en comento, se ejecuta la pena pecuniaria, por lo cual ya no habría materia que suspender; en tal virtud, la determinación aludida, viola los principios de exacta aplicación de la ley penal y de legalidad, contenidos en los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|150-130|245|170-" >14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>.</p><br><p>PLENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
27 de noviembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Horacio Armando Hernández Orozco
Epoca
Décima Época