Tesis Aisladas

<p>SEGUROS. LA INTERPELACIÓN DE PAGO HECHA A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 2080 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ES UN REQUERIMIENTO ANÁLOGO A LOS MEDIOS ORDINARIOS DE RECLAMACIÓN DE PAGO DEL SEGURO, APTO PARA INTERRUMPIR LA PRESCRIPCIÓN.</p>

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Resumen

<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2591|10|840-" >81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro</a> establece los plazos de prescripción de las acciones derivadas de la actualización de un siniestro. Por su parte, los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2591|10|870-" >84</a> de ese ordenamiento, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|8067-" >1041 del Código de Comercio</a>, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="12994|12|530-12994|12|680-" >50 Bis y 66 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros</a> establecen las distintas formas que, en situaciones ordinarias, interrumpen el plazo de la prescripción de la acción para reclamar el pago de un seguro, siendo: 1. La presentación directa de la reclamación ante la institución aseguradora vía su unidad especializada; 2. La demanda u otro cualquier género de interpelación judicial hecha al deudor; 3. El reconocimiento de las obligaciones; 4. La renovación del documento en que se funde el derecho del acreedor; 5. El nombramiento de peritos con motivo de la realización del siniestro; 6. El requerimiento de pago, tratándose de la acción que corresponde a la aseguradora por el pago de la prima; y, 7. La reclamación presentada ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros; sin embargo, en la realidad acontecen situaciones atípicas que escapan a esas hipótesis ordinarias para considerar interrumpida la prescripción. En este sentido, debe resolverse el caso por medio de disposiciones que regulen en forma analógica esa situación y que puedan suplir el vacío que existe en las normas especiales. Debe señalarse

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
16 de marzo de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Irma Rodríguez Franco
Epoca
Décima Época