Tesis Jurisprudenciales

<p>SEPARACIÓN DE CÓNYUGES. LA PROCEDENCIA DE ESA MEDIDA CAUTELAR AL PRESENTAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, ESTÁ SUJETA A QUE SE ACREDITEN SU URGENCIA Y NECESIDAD EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 221 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO.</p>

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Resumen

<p>Si bien es cierto que del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200033|3|14-" >414, fracción III, del Código Civil de Jalisco</a>, vigente hasta el 25 de noviembre de 2014, se colige que la presentación de la demanda de divorcio produce, entre otros, el efecto de separar a los cónyuges, también lo es que no debe interpretarse de manera aislada, sino en relación con la exposición de motivos de la reforma al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200007|29|6-" >221 del Código de Procedimientos Civiles</a> de la entidad, publicada en el Periódico Oficial local el 27 de enero de 1998, conforme a la cual, aquélla debe sujetarse a las reglas que impone este numeral, el cual prevé que cuando se solicite la separación han de acreditarse la urgencia y necesidad de la medida; lo que además es acorde con el también reformado numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200007|29|8-" >228</a> de este último cuerpo de leyes, que alude a que los motivos de la separación deberán referirse a las causas de divorcio señaladas por el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200033|16|26-" >404</a> del citado Código Civil y aquellas que, por alguna razón, hagan imposible la vida en común.</p><br><p>PLENO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.</p><br>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
22 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Guillermo David Vázquez Ortiz
Epoca
Décima Época